Parecerá contradictorio que estas líneas procedan de un abogado en ejercicio, pero a veces el mojarse por hacer de la legislación un cuerpo flexible y adaptado a las necesidades del momento es un servicio más que los verdaderos juristas deben proporcionar a la sociedad.
Me refiero, claro está, a los sucesos judiciales relativos al confinamiento de Lleida y otras demarcaciones decretado por le Generalitat por razones sanitarias.
Doy por sentado que a nadie le gusta imponer unas medidas de tanta importancia para los ciudadanos, y que, por consiguiente, existen razones sanitarias suficientes como para tener que hacerlo, como existieron en el pasado cuando el Gobierno de España decretó el estado de alarma.
No entro ni salgo, porque no es de mi incumbencia, ni entiendo de ello, de si las razones son o no suficientes como para justificar la medida. Sencillamente, de manera que considero honrada, me abstengo de opinar si son suficientes o no. Entiendo que los verdaderos técnicos sanitarios son los únicos que pueden decirlo. Ni yo, ni un fiscal, ni un juez, ni un abogado.
Dicho esto, entro a matar. Basándose en argumentos que pueden ser incluso ciertos, un fiscal (gran técnico en materia sanitaria) observa que puede haber una infracción del ordenamiento jurídico en cuanto a competencias para ordenar la medida de confinamiento. Y ante tal enormidad, que desde luego podría hacer detenerse al propio mundo, interpone un escrito ante una Juez de Guardia (de Instrucción, experta por consiguiente en derecho penal …) solicitándole no una declaración de ilegalidad de la medida (para lo que no es competente), sino la adopción de una medida cautelar de paralización de la medida sanitaria, razonando que a él (el fiscal) le parece desproporcionada. Y la Juez actúa según lo solicitado por el fiscal.
A mí que me perdonen, pero todo el tema me huele a política y a voluntad de impedir cualquier actuación de la Generalitat que sea posible. Supongo que el lector inteligente me entiende.
Porque, desde un punto de vista humano me parece una enormidad que, con los simples pareceres en un expediente de urgencia de un fiscal y una juez, se pueda paralizar una medida aconsejada por los técnicos sanitarios en una situación de pandemia tan importante.
A veces parece que los jueces y fiscales son dioses, y no lo son (algunos se lo creen, pero no lo son). En muchas ocasiones actúan como si estuviesen por encima de lo divino y lo humano, sobre todo de lo humano.
Buscar la paralización por razones técnico-jurídicas de una medida aconsejada en una situación tan grave que llevó en su día a la declaración del estado de alarma me parece no solamente un ejemplo de rigorismo legal deplorable, sino, sobre todo, una actuación atentatoria contra la misma vida de una multitud de ciudadanos.
Estoy de acuerdo en el inicio de las actuaciones legalmente procedentes para determinar si la medida está o no dentro de las competencias de quien se trate. Pero solicitar, en contra del parecer de los técnicos sanitarios una paralización urgente de una medida que afecta a la salud y a la propia vida de los ciudadanos me parece (siento la expresión) deleznable e impropio de quien pretenda, si es que lo pretende, llamarse jurista.
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